Adjudicación provisional contrato de obras “Proyecto de Rehabilitación y Mejora de Espacios Públicos de Torredelcampo-Jaén"

 

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria-urgente celebrada el día 29 de Septiembre de 2.009, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“1.-ADJUDICACION PROVISIONAL OBRAS DEL “PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y MEJORA DE ESPACIOS PÚBLICOS DE TORREDELCAMPO-JAÉN.-

Primero.- Declarar válida la licitación y adjudicar provisionalmente el contrato de obras de Rehabilitación y Mejora de Espacios Públicos Urbanos en Torredelcampo, a la empresa Pinturas Santa Ana, S.L., por el precio de 288.075,00 euros y 46.092,00 euros correspondientes al Impuesto de Valor Añadido al tipo del 16%, lo que representa un total de 334.167,00 euros, una ampliación del plazo de garantía establecido en el PCAP, en 20 meses, siendo el plazo de garantía total 32 meses, así como una reducción del plazo de ejecución, en 50 días, quedando dicho plazo de ejecución total en 2 meses y 10 días, la mejora de 48.000 euros y la creación de empleo ofertada.

Segundo.- De conformidad con lo señalado en el artículo 135.3 LCSP proceder a notificar la presente resolución a todos los licitadores y a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Torredelcampo, disponible en la sección "de interés" del menú de inicio de la página Web de la Corporación municipal (www.torredelcampo.es).

Tercero.- Requerir a la adjudicataria provisional del contrato para que, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la presente adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, acredite la constitución de la garantía definitiva (5% del importe de adjudicación, excluido el IVA), efectúe el pago del anuncio o anuncios de licitación y, al propio tiempo presente la documentación exigida en la cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, a saber:

- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

- Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigida. Cuando así se admita en dicho Cuadro de características, la constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

- Cuando se exija expresamente con arreglo a lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley, la documentación acreditativa de que el adjudicatario dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la ejecución del contrato.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 135.4 p.1 y 3, y 96.2.b) de la LCSP, la adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 10 días señalado en el punto tercero de este acuerdo, siempre que la adjudicataria haya presentado la documentación señalada, constituido la garantía definitiva y efectuado el pago del anuncio o anuncios de licitación.

Quinto.- Contra la presente resolución que resuelve la adjudicación provisional de la contratación de referencia podrá interponerse recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el perfil de contratante, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la resolución que apruebe la adjudicación definitiva en los términos que se indicarán en la misma.

Fecha de la publicación en perfil del contratante: 23-10-09.

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